
La Vicepresidencia de la República del Ecuador nace en el año 1830, con la creación del nuevo Estado ecuatoriano que se produce luego de la separación de los territorios de Quito, Guayaquil y Cuenca de la República de la Gran Colombia. José Joaquín de Olmedo, notable guayaquileño que había participado en la gesta de la Independencia, fue la primera persona en ocupar el cargo de Vicepresidente. Posteriormente, en el año 1869 el entonces presidente Gabriel García Moreno eliminó la figura vicepresidencial y en caso de ausencia del Presidente se delegó al Ministro de Gobierno, la función de reemplazarlo.
Históricamente fue en el periodo del progresismo, específicamente en 1883 durante el gobierno de José María Plácido Caamaño, cuando se volvió a crear el cargo de Vicepresidente. En ese entonces quien escogía al segundo mandatario era el poder legislativo. La Vicepresidencia como institución es ratificada por el alfarismo en la Constitución de 1897 y recibe además de su función primaria de reemplazar al Presidente en caso de ausencia, la misión de presidir un Consejo de Estado.
El inicio del siglo XX trae cambios y la Vicepresidencia vuelve a desaparecer en la Carta Magna de 1906. Por 41 años y hasta 1946 el cargo estuvo abolido. En las 16 ocasiones que fue necesario reemplazar al Presidente en ese periodo, quienes cumplieron esa función fueron los presidentes del Senado o ministros de Gobierno. En esa época, en el año 1922, el arquitecto alemán Augusto Ridder, comenzó la construcción del Palacio de las Comunicaciones o Palacio de los Correos, edificio que terminaría de ser construido en 1927 y en el que actualmente funciona la Vicepresidencia.
En 1946, la Constitución que había promovido José María Velasco Ibarra para luego abolirla, reestablece la Vicepresidencia dándole la función adicional de presidente del Senado. En 1963, luego del Golpe de Estado contra Carlos Arosemena Monroy, la junta Militar volvió a eliminar la Vicepresidencia que es restituida en 1968. Sin embargo, el mismo año Velasco Ibarra se proclamara dictador y la vuelve a eliminar.
Luego de 31 años de dictadura y sin Vicepresidencia, el Ecuador vuelve a un régimen democrático en 1979. Desde ese entonces han ocupado el cargo 15 personas, incluida Rosalía Arteaga, la primera mujer vicepresidenta. De este grupo, cinco llegaron a ser presidentes luego de varias crisis políticas y de gobernabilidad.
Que el artículo 141 de la Constitución de la República prescribe que la Función Ejecutiva está integrada por la Presidencia y la Vicepresidencia de la República;
Que conforme el artículo 149 de la Constitución, quien ejerza la Vicepresidencia de la República, cuando no reemplace al Presidente de la República, ejercerá las funciones que éste le asigne;
Que el artículo 392 de la Constitución de la República manda que el Estado velará por los derechos de las personas en movilidad humana y ejercerá la rectoría de la política migratoria a través del órgano competente en coordinación con los distintos niveles de gobierno. El Estado diseñará, adoptará, ejecutará y evaluará políticas, planes, programas y proyectos, y coordinará la acción de sus organismos con la de otros Estados y organizaciones de la sociedad civil que trabajen en movilidad humana a nivel nacional e internacional;
En ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 141, numerales 3, 5 y 6 del artículo 147, 149, 226 y 227 de la Constitución de la República; y el artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,
Que en el Quinto Suplemento del Registro Oficial No. 36 de 12 de mayo de 2025, se publicaron los resultados definitivos de las «Elecciones Generales 2025» – Segunda Vuelta celebradas el domingo 13 de abril de 2025, correspondientes a las dignidades de Presidente y Vicepresidenta Constitucional de la República del Ecuador, proclamados por el Consejo Nacional Electoral el 10 de mayo de 2025; resultando ganador el binomio conformado por Daniel Roy-Gilchrist Noboa Azín y María José Pinto González Artigas; y, DANIEL NOBOA AZÍN PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, en ejercicio de las facultades y atribuciones que confieren los artículos 141 y 149 de la Constitución de la República del Ecuador, DECRETA
Decreto Ejecutivo 003
Artículo 1.- Asignar a la señora María José Pinto González Artigas, en su calidad de Vicepresidenta Constitucional de la República, las funciones relativas a la articulación de políticas públicas integrales, planes, programas, proyectos y actividades vinculadas a:
– Salud mental; – Educación intercultural bilingüe; – Embarazo adolescente; – Primera infancia; y, – Desnutrición crónica infantil.
DISPOSICIONES GENERALES
Primera.– Las funciones asignadas a la Vicepresidenta Constitucional de la República del Ecuador contemplan la coordinación, dirección, supervisión y control de la implementación y ejecución de las directrices, planes, programas, proyectos y actividades que se requieran por parte del Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio de Educación, Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil; Secretaría de Gestión y Desarrollo de Pueblos y Nacionalidades: entre otras entidades cuya intervención se requiera para el cumplimiento de los objetivos y lo dispuesto en el artículo I de este Decreto Ejecutivo.
Segunda.– La Vicepresidenta Constitucional de la República está facultada para la articulación de los proyectos de inversión y acuerdos multilaterales relacionados a los ámbitos descritos en el artículo I del presente Decreto Ejecutivo.
Tercera.- Disponer a la Secretaria Nacional de Planificación, al Ministerio de Economía y Finanzas; y, al Ministerio del Trabajo, que en el término máximo de treinta (30) días realicen las gestiones pertinentes con el propósito de implementar la estructura orgánica necesaria para que la Vicepresidencia de la República pueda dar cumplimiento a las funciones asignadas en el presente Decreto Ejecutivo.