Vicepresidenta, María José Pinto, firmó el Reglamento General a la Ley para Prevenir y Erradicar la Malnutrición
Este miércoles 12 de noviembre, la vicepresidenta, María José Pinto, en calidad de presidenta de la República reemplazante, firmó el decreto ejecutivo No. 211 donde se expide el Reglamento General a la Ley Orgánica para Prevenir y Erradicar la Malnutrición, un instrumento clave para fortalecer la atención integral a niñas y niños menores de 6 años en lo referente a Desnutrición infantil.
Con la expedición de este reglamento, el Gobierno Nacional reafirma su determinación de garantizar una atención integral y oportuna para todas las niñas y niños del país.
El objetivo del reglamento es establecer mecanismos, procedimientos, medidas y acciones intersectoriales para prevenir y reducir la malnutrición por déficit o exceso. Este reglamento, así como su ley son de cumplimiento de todas instituciones de la Función Ejecutiva, así como de los gobiernos autónomos descentralizados y todas las instituciones que contribuyen a la prevención y erradicación de la malnutrición en todo el territorio nacional.
El reglamento establece y amplía una serie de conceptos clave como:
– Anemia por deficiencia de hierro
-Desnutrición aguda
-Desnutrición crónica infantil
-Desnutrición global
– Emaciación
– Hambre oculta
– Evidencia científica
– Paquete priorizado de bienes y servicios
También define a través del Comité Intersectorial para la prevención y reducción de la Desnutrición Infantil que será el responsable de formular, coordinar, articular, monitorear y evaluar la implementación de la política pública.
Entre los componentes esenciales del Reglamento están:
– Conformación del Comité intersectorial para la prevención y reducción de la Desnutrición infantil.
– Política Pública y Plan Estratégico Intersectorial.
– Prevención de la malnutrición.
– Educación alimentaria y nutricional.
-Seguimiento y evaluación estadística de la política pública.
– Creación del Sistema Unificado y Universal de Seguimiento Nominal.
El enfoque central de este reglamento es garantizar que cada niña y niño del Ecuador reciba, desde la gestación hasta los 6 años el denominado paquete priorizado de bienes y servicios para la prevención y reducción de la desnutrición infantil que incluye:
– Servicios de salud
– Servicios de desarrollo infantil integral
– Servicios de educación
– Registro oportuno
– Servicios de acceso a vivienda
– Prestación de servicios de agua potable, saneamiento.
– Levantamiento del registro social
Además, incluye un capítulo relacionado a la prevención de la malnutrición por exceso y educación alimentaria y nutricional en las instituciones educativas para la prevención de la malnutrición por exceso.
Con la expedición de este reglamento, el Gobierno Nacional reafirma su determinación de garantizar una atención integral y oportuna para todas las niñas y niños del país. Este avance se suma al compromiso permanente del presidente Daniel Noboa de impulsar políticas públicas que protejan la primera infancia y construyan un Nuevo Ecuador: más justo, próspero y con oportunidades.