Presidente Lenín Moreno asigna funciones a la vicepresidenta María Alejandra Vicuña

Este martes 06 de marzo de 2018 el presidente Lenín Moreno, mediante Decreto Ejecutivo N° 333 asignó funciones a la vicepresidenta de la República, María Alejandra Vicuña.

Quito, Pichincha.- Este martes 06 de marzo de 2018 el presidente Lenín Moreno, mediante Decreto Ejecutivo N° 333 asignó funciones a la vicepresidenta de la República, María Alejandra Vicuña.

Las funciones son:

  1. Fortalecer las políticas y programas relacionados con la Economía Popular y Solidaria y la coordinación interinstitucional de las entidades que conforman el Comité Interinstitucional de la Economía Popular y Solidaria.
  2. Tendrá a su cargo la coordinación y articulación con el representante de la Función Ejecutiva ante el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social a fin de impulsar la consecución de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021 “Toda una Vida”, en lo relacionado con el sistema de seguridad social.
  3. En calidad de delegada del Presidente de la República, presidirá el Comité de Reconstrucción y Reactivación Productiva y del Empleo, creado mediante Decreto Ejecutivo 1004 de 26 de abril de 2016.
  4. Continuará con la dirección, coordinación y seguimiento de las acciones requeridas para el cumplimiento e implementación del mandato soberano expresado en la Consulta Popular y Referéndum del 4 de febrero de 2018.

El presidente Lenín Moreno, mediante Decreto Ejecutivo N° 333 asignó funciones a la vicepresidenta de la República, María Alejandra Vicuña.

El presidente Moreno además dispuso que la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo, la Secretaría General de la Presidencia, el Ministerio de Economía y Finanzas y Ministerio del Trabajo, revisar y aprobar de acuerdo con la normativa legal vigente y en plazo de 30 días dar los instrumentos, procesos y recursos requeridos para implementar la estructura necesaria para que la Vicepresidencia pueda dar cumplimiento a las funciones asignadas.

El decreto entra en vigencia desde la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

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